Periódico de jóvenes y trabajadores, antimperialista y anticapitalista

El Espejo Nro 194

Última edición del 2010

Para debatir y opinar

Grupos de Google
Suscribirte a El Espejo de Argentina y el mundo
Correo electrónico:
Consultar este grupo

martes, 15 de junio de 2010

Acceso al aborto no punible en Chubut

Avance: La Legislatura de Chubut con fecha 20 de Mayo de 2010, aprobó por unanimidad la ley que fija la implementación del aborto, en los casos permitidos según lo normado en el artículo 86 del Código Penal de la Nación.

Con el objeto de garantizar el acceso a la interrupción de la gestación en los casos en que esta práctica es legal, la legislatura provincial reglamentó por ley el procedimiento a desarrollar en los establecimientos dependientes de la Secretaría de Salud provincial. Buenos Aires, Neuquén y Santa Fe cuentan con protocolos aprobados por resoluciones a nivel ministerial. El de Chubut es el primero avalado por ley.
El Código Penal de la Nación, en el artículo 86 establece dos causas de despenalización: por razones terapéuticas y en embarazo producto de violación. Esta norma sancionada en 1921, fue una de las más permisivas de su época. Sin embargo, el acceso de las mujeres a ese derecho se encuentra seriamente restringido.
Las barreras de acceso al aborto no punible adquieren diversas modalidades. Entre ellas cabe mencionar la exigencia de autorización judicial; la intervención de comités de ética, autoridades hospitalarias, el requerimiento de comprobaciones médicas innecesarias, la solicitud de denuncia o prueba de violación, entre otras.
La iniciativa fue impulsada por la diputada justicialista, presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Legislatura unicameral de Chubut, Mariana Ripa, quién expresó que “…la ley es producto de una construcción colectiva y constituye un avance importante en términos de ejercicio de derecho.”
El gobernador Mario Das Neves, por su parte afirmó que no vetará la ley y llamó a “…dejar dogmas de lado, a ser realistas y humanistas.”
Marisol Codina, diputada del partido Provecinal de Chubut, manifestó que celebra la determinación de garantizar a través de un protocolo de actuación el ejercicio del derecho consagrado que hasta el momento estaba supeditado a libres interpretaciones, soslayando claramente la garantía de acceso igualitario al servicio público de salud.
A partir de esta reglamentación con fuerza de ley, la interrupción de un embarazo en los casos de aborto no punible, no requiere de autorización judicial. La práctica del mismo o su negativa fundada por parte del profesional interviniente, debe efectuarse dentro de los cinco días desde la solicitud del mismo.
Las maniobras dilatorias, el suministro de información falsa y la reticencia para llevarla a cabo por parte de los profesionales de la salud y las autoridades hospitalarias, “constituyen actos sujetos a la responsabilidad administrativa civil y/o penal correspondiente”. En términos de autonomía, la guía precisa que la decisión de la mujer no debe ser sometida a consideraciones personales, religiosas o axiológicas por parte de los profesionales de la salud, debiendo anteponerse su libre y autónoma voluntad. El médico no está habilitado a consultar al padre, madre, esposos, convivientes, prevaleciendo el deber de confidencialidad.
Para la constatación de los casos de peligro para la salud o la vida de la mujer, el médico debe fundar su diagnóstico con estudios pertinentes y en el caso de la salud psíquica, debe hacer interconsulta con profesional de la psicología.
En casos de embarazo producto de violación no requiere prueba, sino declaración jurada a cargo de la mujer solicitante explicitando el hecho.
En cuanto a la objeción de conciencia, deberá ser individual y en ningún caso institucional, y tendrá que ser declarada por el profesional de salud a partir de la vigencia de la ley, o al momento de iniciar las actividades en el establecimiento.
Sin duda, esta ley constituye un avance en la lucha por el derecho al aborto legal y gratuito.

Susana Pérez Miquel

1 comentario:

  1. La verdad que es un tema muy delicado este y debe ser tratado con pinzas. Pero por mi parte estoy a favor de esta ley y como dijo el gobernador de chubut "hay que ser realistas y humanistas". Creo que los motivos por los cuales se pueden llegar a esta situacion justifican la intervencion.

    ResponderEliminar